La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana ha lanzado una ayuda para inversiones de pymes industriales tradicionales para 2018. La idea es apoyar proyectos de inversión sostenible para el crecimiento y la consolidación de pymes industriales vinculadas a sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción y plástico.

El plazo de solicitud finaliza el 26 de febrero. La ayuda se presenta en régimen de concurrencia competitiva y se instrumenta como subvención a fondo perdido. Se subvenciona el 35% de los gastos subvencionables, sin superar en ningún caso los límites y condiciones previstas en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimos: 200.000 Subvención calzadoeuros).

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto industrial será de 25.000 euros. Se subvencionarán los proyectos de inversión industrial desarrollados entre el 1 de enero de 2018 y la fecha de justificación (máximo 31/10/2018). La inversión subvencionada deberá mantenerse en la Comunitat Valenciana al menos durante tres años contados a partir de que finalice el plazo de justificación de la ayuda.

¿Qué pymes se pueden beneficiar de esta ayuda?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas exclusivamente las siguientes tipologías de Pymes:

  • Las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculadas directamente a los sectores objeto de esta convocatoria.
  • A los efectos de esta convocatoria, se considerará que una pyme desarrolla o va a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva, si cuenta o va a contar para su proyecto con un establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana; con independencia de dónde se encuentre el domicilio social, y el proyecto de inversión para el que solicita financiación (actividades encuadradas en las Secciones B y C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2019, aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril – BOE nº 102, de 28 de abril de 2007).

¿Qué proyectos se subvencionan?

Se podrán subvencionar los proyectos que se encuadren en alguna de las siguientes tipologías:

  • Creación de establecimientos industriales que consistan en el inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana.
  • Traslado de establecimientos industriales que consistan en el cambio de localización de una actividad de producción previa, hacia cualquier punto de la Comunitat Valenciana.
  • Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes en la Comunitat Valenciana, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes en el territorio de la Comunitat Valenciana.

¿Qué elementos se financian?

  • Adquisición de maquinaria, aparatos y equipos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Se considerarán subvencionables las cuotas pagadas por leasing o arrendamiento financiero si se acredita haber adquirido la propiedad del bien antes de la finalización del periodo de justificación.
  • Gastos de auditoría para la elaboración del Informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención, por auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo de seiscientos euros, IVA excluido, por solicitud.

El equipo de Subvenciones de GB Consultores puede ayudarles y asesorarles en la tramitación de esta ayuda del Generalitat Valenciana.

X