Por: Área Legal GB Consultores.
La crisis sufrida por el Banco Popular ha sido la noticia financiera más importante a lo largo de 2017. Más de 300.000 accionistas se han visto afectados directamente al haber perdido toda su inversión debido a la operación de absorción realizada por el Banco Santander por tan solo un euro. Para ello se tomaron decisiones para convertir toda la deuda subordinada en acciones y amortizar simultáneamente todo el capital de la entidad.
Los afectados por la operación del Banco Popular son consumidores que adquirieron los productos de la entidad con la confianza de su información económica y financiera y de sus ratios financieros y de solvencia que tanto desde la propia entidad como desde los órganos supervisores se facilitaban al mercado que no anunciaban una situación de crisis tan evidente como para emprender las acciones llevadas a cabo.
Desde GB Consultores hemos analizado -como muchas otras instituciones- la situación creada de la que pudiera deducirse una actuación de forma desleal con accionistas e inversores. De este modo hemos comenzado a emprender las acciones oportunas para poner en marcha las correspondientes reclamaciones, tanto por la vía civil como por la vía penal, mediante una acción colectiva.
En este sentido, desde el Área Legal del despacho se ha abierto una línea abierta de actuación para trabajar, mano a mano, con los afectados por esta operatoria. Cada caso será analizada de forma personalizada y se le indicará las acciones que pueden ponerse en marcha para la recuperación de dichas inversiones sumándose a las acciones colectivas a emprender.
¿Tiene más poder una reclamación colectiva que una individual? ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar? Un saludo y gracias por la ayuda.
Buenas tardes. En relación a su pregunta, le comentamos que:
«En principio, tiene el mismo “poder” una reclamación colectiva, que una individual, escogiendo una u otra en función de las circunstancias.
En estos momentos, vemos recomendable esperar a ver cómo se pronuncian los Juzgados sobre los primeros asuntos de acciones del popular al objeto de ver cómo se pronuncian al respecto. En principio, estaríamos en plazo, tanto para la nulidad, como para la indemnización.
De otro lado, si es otro tipo de producto comercializado por el Banco Popular, habría que ver exactamente cuál es y cómo se vendió el mismo para poder valorar la viabilidad del asunto, así como saber con qué plazos contamos”.
Un cordial saludo.