La Asociación de Empresas Químicas de la CV, Quimacova, organizó un webinar para informar a sus asociados sobre la obligatoriedad de disponer de un canal de denuncias en las organizaciones tal y como establece la Ley de Protección del Informante. Ha llegado el turno para que las empresas de menos de 250 trabajadores apliquen esta norma que tendrán hasta el 1 de diciembre de 2023 para instalar este buzón de denuncias, por lo que el tiempo corre ya en su contra. La sesión formativa estuvo impartida por Esther Carbonell, responsable del área Legal de GB Consultores, que ofreció las claves y los pasos a seguir para su puesta en funcionamiento.
El canal de denuncias funciona como un buzón que debe estar accesible en la web de la empresa y tiene como novedad que ahora las denuncias o comentarios son anónimos y confidenciales. “Lo aconsejable es colocar el buzón en la home de la web de empresa a la vista de los informantes”, comenta Carbonell. El objetivo es que este canal sea utilizado no solo por los trabajadores, sino por todos aquellos que tengan una relación laboral o profesional con la compañía (proveedores, voluntarios, extrabajadores, becarios, personas en proceso de selección, …)
Por otro lado, las empresas tienen elegir el sistema de canal de denuncias a implantar, pudiendo optar por uno interno o externo. También se podrá informar mediante la revelación pública si no se puede realizar por aquellos canales. Cada uno tiene sus especificaciones, pero desde su experiencia, Carbonell recomienda el canal interno en especial “por su agilidad, por ser el cauce preferente y por garantizar la confidencialidad”. En cualquier caso, esta decisión debe ser tomada por el órgano de administración. Una vez elegido el canal, se debe garantizar que cumple con el procedimiento de gestión en el que se establece el acuse de recibo al informante, el plazo de respuesta, el mantenimiento de comunicación con el informante, entre otros que establece la Ley.
También es imprescindible designar qué profesional es el adecuado para controlar este mecanismo de denuncia. La figura ideal para controlar el sistema interno es un directivo de la compañía. “El más apropiado sería el compliance penal, si ya existe esta figura en la organización, y en caso contrario los responsables más idóneos podrían ser un miembro de RRHH o de Calidad”, aconseja Carbonell. Esta figura, además de realizar el procedimiento establecido, debe llevar un registro de la denuncia por si lo reclama la Administración.
Por último, se hizo mención al régimen sancionador que se aplica por incumplir algunos de los procedimientos del canal (demora en la información, represalias, …). La norma especifica infracciones leves, graves y muy graves. “Las cuantías son muy importantes y además pueden conllevar la denegación de accesos a subvenciones”, comentó. Por último, hizo hincapié en no demorar más su puesta en marcha del canal ya que el procedimiento y los pasos a seguir llevan tiempo y el plazo para su aplicación está muy próximo.