Por: Luis Tatay. Área Legal GB Consultores
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado varias sentencias en materia de hipotecas con relación a la abusividad de las cláusulas de gastos hipotecarios y sobre la comisión de apertura.
Las claves de estas sentencias son:
Comisión de apertura
El TS considera que no es abusiva, según normativa nacional y comunitaria, por considerarse la misma como una parte del precio/contraprestación del préstamo, junto con los intereses.
- Conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no tiene viabilidad reclamar la comisión de apertura
Gastos e impuestos
En relación a esta cuestión, se hacía necesaria nuevas sentencias para dejar clara la distribución de los gastos y del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) entre la entidad prestamista y el consumidor/prestatario.
En este sentido, y al igual que el criterio fijado por la Audiencia Provincial de Valencia, se distribuiría de la siguiente forma:
- Notaría:
- Constitución y modificación del préstamo hipotecario: por mitad.
- Cancelación: prestatario.
- Copias escrituras: a quien las solicite.
- Registro:
- Inscripción de constitución: banco/prestamista.
- Inscripción cancelación: prestatario.
- Gestoría: por mitad.
- Impuesto AJD: prestatario.
Conforme a la indicada jurisprudencia, tiene viabilidad reclamar la mitad de los costes de notaría y gestoría, y la totalidad del coste del Registro de la Propiedad.
Por último, consideramos que, con una alta probabilidad, estas cuestiones sean juzgadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea – como ocurrió con la cláusula suelo- y podría modificar la jurisprudencia actual en relación a esta cuestión
Hola,
tengo que firmar una novación de hipoteca esta semana y en mi banco se niegan a aplicarme lo que el supremo ha dicho estos últimos días. Lo único que no pago son los AJD, los demás gastos los debo abonar yo por completo, pueden hacerlo?