Por: Gonzalo J. Boronat, director general de GB Consultores Financieros, Legales y Tributarios
Próximamente, las entidades financieras confeccionaran para pymes y autónomos un informe de solvencia y una calificación de rating. Este informe será gratuito, aunque se deja la puerta abierta a que la banca pueda cobrar por su elaboración un pequeño coste. El Banco de España ha puesto en marcha un proyecto de circular por el que se establece el contenido y formato del documento “Información Financiera PYME” en el que se especifica la metodología de calificación del riesgo contemplado en la Ley 5/2015 de 27 de abril de fomento de la financiación empresarial. La banca tenía hasta el 30 de diciembre para presentar alegaciones y tres meses para aplicarla tras su aparición en el BOE lo que estimamos se producirá en breves fechas.
En efecto, la nueva Ley de fomento de la financiación empresarial, establece una obligación por parte de las entidades financieras a efectuar un preaviso de tres meses de antelación para informar a pymes o autónomos que va a proceder a la reducción o denegación completa de las líneas de crédito que mantenga operativas. El objetivo de este procedimiento -textualmente- es dar margen suficiente a las pymes para que encuentren una fuente alternativa de financiación ante la eventual pérdida de sus operaciones financieras. De hecho, cuando la nueva circular del Banco de España entre en vigor, las entidades estarán obligadas a entregar de forma gratuita este informe a aquellas pequeñas y medianas empresas a las que “corte el grifo” del crédito un completo informe de solvencia y riesgos que éstas podrán utilizar para buscar un “nuevo prestamista” -según indica el proyecto de circular-. Bajo nuestro punto de vista entendemos que ante un informe de este tipo es bastante probable que resultara muy complejo poder conseguir una financiación alternativa cuando una entidad notifica a la empresa que, los parámetros de análisis de riesgo; es decir: la solvencia, equilibrio financiero, generación de recursos y/o rentabilidad, no encajan en los estándares que la entidad tenga establecidos como mínimos a la hora de conceder financiación.
Las entidades financieras banca también deberán facilitar este informe a bajo coste si su cliente se lo solicita, de hecho, se indica que “dicho informe incluirá una extensa información sobre su situación financiera e historial de pagos en un documento denominado: Información Financiera-PYME, que incluirá también una calificación del riesgo del acreditado y, deberá ser entregado en cualquier otra circunstancia, previo pago de la tarifa correspondiente, a solicitud del acreditado. Desconocemos el coste que aplicaran los bancos por este “servicio”.
Este -en estos momentos- proyecto de circular, regula el contenido mínimo del documento que abarca desde las declaraciones a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), hasta los datos comunicados a empresas que presten servicios e información sobre la solvencia patrimonial y crédito, así como los extractos de movimientos del último año, desarrollando una metodología cuya finalidad es la estandarización de la calificación del riesgo que deberán otorgar las entidades a las pymes y trabajadores autónomos.
La metodología pasa por un análisis de la situación financiera basado en su información económico-financiera, lo que imprime de nuevo la necesidad de depurar, diagnosticar y analizar previamente de un modo muy profundo la misma al objeto de detectar los puntos fuertes y débiles, tanto internos como comparados con su sector de actividad, dado que van a ser la base de la calificación de la misma, y que se verá complementado con una serie de variables cualitativas que supondrán dicha calificación a la que se añaden una serie de variables conductales en cuanto al histórico de relaciones con la entidad. En cualquier caso, hay que hacer notar que todo este análisis deriva posteriormente en un posicionamiento relativo de la empresa con respecto a su sector de actividad, de ahí la importancia de introducir esta tipología de análisis en los esquemas de control de gestión y económico-financieros periódicos de las empresas
Creemos que hemos de seguir muy de cerca el desarrollo de esta circular que tendrá incidencia inmediata dado que el primer análisis se efectuará sobre los datos extraídos del cierre contable y fiscal realizado al 31 de diciembre de 2.015 y va a implicar una especial sensibilización y seguimiento de las variables y ratios económicos y financieros que servirán de base para la calificación del riesgo y que se centraran en la evolución del volumen de actividad, márgenes, rentabilidad, fondo de maniobra, endeudamiento, solvencia, Ebitda y capacidad de reembolso. El control de su evolución nos permitirá poner mantener un adecuado nivel de relaciones con el pool bancario que asegure el equilibrio financiero y una financiación estable.