El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha presentado el documento Declaración de Sociedades 2022 en el que analiza la recaudación de este tributo que creció un 20,84% en 2022, respecto al año anterior. De hecho, en 2022, el Impuesto sobre Sociedades fue el que más creció entre los grandes tributos, teniendo una incidencia notable la inflación. Por comunidades autónomas, Cantabria, Canarias y Baleares fueron las que más aumentaron los ingresos en 2022, pero el 60% de la recaudación la aportan entidades radicadas en Madrid y Cataluña (un 38% y 20%, respectivamente).
Aprovechando la presentación de estos resultados tributarios, el REAF comentó las novedades para el ejercicio 2023, que se declarará en 2024. Resalta la nueva limitación a la compensación de bases imponibles negativas de las individuales (un 50%) a la hora de conformar la base imponible del grupo –lo cual ha supuesto en el primer pago fraccionado de 2023 un ingreso añadido de 232 millones de euros para las arcas públicas–. También destaca la rebaja en los tipos de las micropymes (23%) y de las empresas emergentes (15% en el primer año de base positiva y en los tres siguientes). Asimismo, señalan la importancia que puede tener aprovechar el incentivo –libertad de amortización– previsto para la adquisición de vehículos eficientes desde el punto de vista energético o de las inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
Con todo, las novedades para 2023 son:
Establecido en los Presupuestos Generales del Estado 2023
- Tipo de gravamen reducido. Se reduce del 25 al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000 de euros y, además, no tenga la consideración de entidad patrimonial.
- Reserva para inversiones en las Illes Balears y régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras.
- Amortización acelerada de determinados vehículos que entren en funcionamiento en 2023, 2023 y 2025. En concreto se podrá multiplicar por dos el coeficiente máximo de tablas fiscales para los vehículos: FCV, CHV, BEV, REEV o PHEV.
Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
Las inversiones en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio que utilicen energía procedente de fuentes renovables, que sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles y que sean puestas a disposición del contribuyente a partir del 20 de octubre de 2022, y entren en funcionamiento en 2023. Importe máximo 500.000 euros y mantenimiento de empleo.
Ecosistema de las empresas emergentes
- Tipo del 15% para las empresas emergentes en el primer año en que tengan base imponible positiva y en los tres siguientes, siempre que mantenga la calificación de emergentes.
- Aplazamiento del pago de la deuda tributaria de los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible sea positiva por un periodo de 12 meses (para el primer año) y de 6 meses por el segundo año.
- No tendrán la obligación de realizar los correspondientes pagos fraccionados a cuenta de la liquidación correspondiente al periodo impositivo inmediato posterior a cada uno de los dos primeros en que la base imponible sea positiva.
Gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
Limitación de compensación de las bases imponibles negativas
- Se establece una medida transitoria para el periodo impositivo 2023, consistente en la no inclusión del 50% de las bases imponible individuales negativas de las entidades integrantes de un grupo que tribute en el régimen de consolidación fiscal para la determinación de la base imponible de dicho grupo.
- La parte no compensada se aplicará a partes iguales en los próximos 10 años sin límite alguno.