Ana Pulido. Consultor Fiscal en GB Consultores
En el paquete fiscal acordado entre los socios de Gobierno en el marco de negociación para los Presupuestos Generales para 2023, nos encontramos:
Impuesto a las Grandes Fortunas
Creación de un impuesto para grandes fortunas de más de 3 millones de euros, deducible en patrimonio, en vigor durante los años 2023 y 2024, con los siguientes tramos:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Con relación al IRPF, son varias los cambios introducidos en los nuevos Presupuestos:
- Se aumenta la tributación de las rentas de capital, en la base imponible del ahorro, para el tramo de entre 200.000,00 y 300.000,00 euros, que aumenta un punto porcentual, y a partir de 300.000,00 euros, que aumenta en dos, quedando la nueva escala de la siguiente manera:
- Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros (antes 16.825,00 €), siempre y cuando no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500,00 euros, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías:
- 484,00 € (5.565,00 € antes) si los rendimientos netos del trabajo son iguales o inferiores a 14.047,50 euros.
- 484,00 € (5.565,00 € antes) menos el resultado de multiplicar 1,14 (antes 1,5) la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros si los rendimientos netos del trabajo están comprendidos entre 14.047,50 y 19.747,50 euros.
- Se eleva el umbral de la obligación para no declarar respecto de los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo a 15.000,00 € si perciben rentas del trabajo de más de un pagador si la suma de todos los rendimientos no supera dicha cantidad.
- El límite absoluto de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social pasará de 1.500 € a 8.500€, siempre que se cumplan unas condiciones.
- Ampliación del alcance de la prestación de 100 euros a todas las familias con hijos de 0 a 3 años, no solo para madres trabajadoras.
- El 1,1% de imputación, que se aplica a los inmuebles urbanos o rústicos con construcciones, no indispensables para el desarrollo de explotación agrícolas, ganaderas o forestales, no afectos a actividades económicas, ni alquilados, ni vivienda habitual, será de aplicación en el caso de inmuebles localizados en municipios en que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados, de conformidad con la normativa catastral, siempre que hubieran entrado en vigor a partir de 1 de enero de 2012.
Cambios para los autónomos
- Se aumenta hasta el 10% la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos del IRPF en el período impositivo 2023. Se prorrogan, también, los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para los ejercicios comprendidos entre 2016 y 2023. En concreto, las cantidades de 150.000,00 euros y 75.000,00 €, quedan fijadas en 250.000,00 y 125.000,00€.
- Durante el ejercicio 2023, se eleva del 5% al 7% de la reducción para gastos deducibles de difícil justificación en el régimen de estimación directa simplificada del IRPF.
Impuesto sobre Sociedades
Rebaja del 25% al 23% del tipo del impuesto sobre sociedades a las entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a un millón de euros en el periodo impositivo inmediatamente anterior.
De manera adicional, los grupos consolidados solo podrán, en 2023, compensar el 50% de las pérdidas de sus filiales, pudiendo aplicar el resto en el siguiente ejercicio impositivo.
Impuesto sobre Actividades Económicas
Se modifica el grupo 761 para la adaptación de la tributación del sector de los servicios telefónicos a la sentencia del Tribunal Supremo 996/2022, de 14 de julio de 2022.
Se crean nuevos grupos específicos de “servicios de oficina flexible, coworking y centros de negocios”, “escritores y guionistas”, “otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales”, “guías de montaña”, “compositores, letristas, arreglistas y adaptadores musicales”.
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Se actualizan los importes de los coeficientes máximos previstos aplicables sobre el valor de los terrenos en función del periodo de generación del incremento de valor, para la determinación de la base imponible del impuesto.
Foto: Moncloa